Aprendices: cómo organizar la seguridad social en cada etapa
Una guía para diferenciar las etapas de formación, preparar novedades y evitar errores al gestionar la afiliación y los aportes.

La etapa de formación sí importa
La Ley 2466 de 2025 distingue la cobertura durante el aprendizaje. En etapa lectiva contempla salud y riesgos laborales a cargo de la empresa; durante la etapa práctica o toda la formación dual prevé salud, pensión y riesgos laborales conforme al régimen de dependientes.
La Resolución 2064 de 2025 del Ministerio de Salud desarrolla ajustes operativos en PILA. Por eso, antes de liquidar, es necesario identificar la etapa real y el tipo de cotizante correspondiente; no basta con repetir la planilla del mes anterior.
Prepara un control por aprendiz
Un registro administrativo sencillo ayuda a coordinar a quienes gestionan formación, contratación y aportes. La información debe ser coherente con el contrato y con las fechas reportadas por la entidad formadora.
Por ejemplo, si una etapa cambia en un mes determinado, conviene revisar anticipadamente quién informará la novedad y qué evidencia quedará de su gestión. Este control evita que una comunicación pendiente se convierta en un dato equivocado en la planilla.
Información que conviene tener a mano
- Identificación del aprendiz y datos de la entidad formadora.
- Contrato, etapa vigente y fechas de inicio y terminación.
- Actividad que realizará y revisión del riesgo laboral correspondiente.
- Afiliaciones, novedades presentadas y soportes de pago del periodo.
Revisa antes de enviar la planilla
Compara el periodo liquidado, las fechas, la etapa y los subsistemas incluidos. Si hay una inconsistencia, consulta el procedimiento de corrección con el operador y conserva el soporte de la gestión.
La orientación general no sustituye la revisión del contrato ni de los lineamientos vigentes. SAI acompaña la organización de la información y la gestión de aportes dentro del alcance del servicio acordado; la empresa debe mantener la coordinación con el área responsable y la entidad formadora.
Fuentes consultadas
- Función Pública — Ley 2466 de 2025, artículo 21
- Ministerio de Salud — Resolución 2064 de 2025
Revisión editorial: 20/10/2026. Las normas y los procedimientos pueden cambiar; confirma lo aplicable a tu situación.
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